Número de documento:
CCAMLR-41/19
Presentado por:
Ms Doro Forck (Secretaría de la CCRVMA)
Aprobado por:
Dr David Agnew (Secretaría de la CCRVMA)
Punto(s) de la agenda
Resumen
De conformidad con lo establecido en la Medida de Conservación (MC) 10-04, el uso de sistemas satelitales automáticos de seguimiento de barcos (VMS) es obligatorio para los barcos que operan en el Área de la Convención. El presente documento presenta una reseña de la labor de implementación de esa medida de conservación por los Miembros e incluye una relación del número de barcos que transmiten datos VMS, de la notificación manual de datos VMS, de las notificaciones de desplazamientos entre áreas de ordenación y de las solicitudes de datos VMS para actividades de vigilancia y de búsqueda y salvamento.